{"id":2055,"date":"2014-05-20T19:18:16","date_gmt":"2014-05-20T19:18:16","guid":{"rendered":"http:\/\/magnetismocnea.wordpress.com\/2014\/05\/20\/los-secretos-industriales-una-alternativa-frente-a-la-patente-de-invencion\/"},"modified":"2014-05-20T19:18:16","modified_gmt":"2014-05-20T19:18:16","slug":"los-secretos-industriales-una-alternativa-frente-a-la-patente-de-invencion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/blogs.uo.edu.cu\/electromagnetismo\/2014\/05\/20\/los-secretos-industriales-una-alternativa-frente-a-la-patente-de-invencion\/","title":{"rendered":"Los secretos industriales una alternativa frente a la patente de invenci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>MSc. Mar\u00eda \u00c1ngeles Alp\u00edzar Terrero. Especialista Comercial del CNEA.<br \/>\nSon muchas las empresas que no son conscientes de que la informaci\u00f3n confidencial forma parte de lo que se considera propiedad intelectual, algo a lo que se suele referir como secretos comerciales, y que goza de protecci\u00f3n en el marco de la legislaci\u00f3n cubana en el Decreto Ley 290 de 2011. Activos intangibles como la f\u00f3rmula para fabricar el refresco que produce la compa\u00f1\u00eda Coca-Cola o el c\u00f3digo fuente del sistema operativo Windows, son los ejemplos m\u00e1s notables de un secreto comercial <a title=\"\">[1]<\/a>.<br \/>\nTodas las empresas tienen secretos empresariales; algunas son sumamente conscientes de la importancia que reviste el dise\u00f1o de estrategias para garantizar la protecci\u00f3n de sus secretos contra toda revelaci\u00f3n que les pueda ser perjudicial. Otras, en cambio, s\u00f3lo se dan cuenta de que los secretos empresariales existen cuando la competencia intenta adquirir sus listas de clientes, resultados de investigaci\u00f3n o planes de comercializaci\u00f3n o cuando intenta quedarse con empleados que tienen valiosos conocimientos.<br \/>\nLos secretos empresariales abarcan los secretos industriales o de fabricaci\u00f3n y los secretos comerciales. Otras denominaciones a menudo empleadas incluyen a la informaci\u00f3n no divulgada, la informaci\u00f3n confidencial, o las innovaciones no registradas. De manera general, puede considerarse secreto comercial toda informaci\u00f3n comercial confidencial que confiera a una empresa una ventaja competitiva. La utilizaci\u00f3n no autorizada de dicha informaci\u00f3n por personas distintas del titular se considera pr\u00e1ctica desleal y violaci\u00f3n del secreto comercial y se encuentra sujeta a graves sanciones pecuniarias en el marco de la legislaci\u00f3n penal y civil.<br \/>\nLa materia objeto de los secretos comerciales se define, por lo general, en t\u00e9rminos amplios e incluye m\u00e9todos de venta y de distribuci\u00f3n, perfiles del consumidor tipo, estrategias de publicidad, listas de proveedores y clientes, y procesos de fabricaci\u00f3n. Si bien la decisi\u00f3n final acerca de qu\u00e9 informaci\u00f3n constituye un secreto comercial depende de las circunstancias de cada caso individual, entre las pr\u00e1cticas claramente desleales en relaci\u00f3n con la informaci\u00f3n secreta se incluye el espionaje comercial o industrial, el incumplimiento de contratos y el abuso de confianza.<br \/>\nLos secretos comerciales pueden ser principalmente de dos tipos:<\/p>\n<ol>\n<li>1. los que pueden concernir a invenciones o procesos de fabricaci\u00f3n que no satisfagan los criterios de patentabilidad (novedad. Actividad inventiva y aplicabilidad industrial) y, por consiguiente, puedan protegerse \u00fanicamente como secretos comerciales. Este podr\u00eda ser el caso de las listas de clientes o de procesos, t\u00e9cnicas y conocimientos de fabricaci\u00f3n que no sean lo suficientemente inventivos para que se les conceda una patente (aunque puedan gozar de protecci\u00f3n como <a href=\"http:\/\/www.wipo.int\/sme\/es\/ip_business\/utility_models\/index.htm\">modelo de utilidad<\/a> por la legislaci\u00f3n vigente), dibujos y modelos, proyectos, mapas, estrategias comerciales, planes de actividades, planes de exportaci\u00f3n, planes de comercializaci\u00f3n, etc<\/li>\n<li>2. Los que pueden concernir a invenciones que satisfagan los criterios de patentabilidad y, por consiguiente, puedan ser protegidos por patentes. En este caso, la empresa deber\u00e1 decidir si patenta la invenci\u00f3n o la considera como secreto comercial.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Algunas ventajas de los secretos comerciales:<\/strong><\/p>\n<ul>\n<li>No est\u00e1 sujeta a l\u00edmites temporales (las patentes tienen un plazo de duraci\u00f3n que puede llegar hasta los 20 a\u00f1os). Por consiguiente, la protecci\u00f3n de los contin\u00faa de manera indefinida siempre que el secreto no se revele al p\u00fablico.<\/li>\n<li>No entra\u00f1an costos de registro (aunque puedan entra\u00f1ar costos elevados destinados a mantener la informaci\u00f3n confidencial).<\/li>\n<li>Tienen un efecto inmediato.<\/li>\n<li>No requiere obedecer a requisitos como la divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n a una autoridad gubernamental.<\/li>\n<\/ul>\n<p>No obstante, existen ciertas desventajas concretas aparejadas a la protecci\u00f3n de la informaci\u00f3n empresarial confidencial como secreto comercial, especialmente cuando la informaci\u00f3n satisface los criterios de patentabilidad <a title=\"\">[2]<\/a>:<\/p>\n<ul>\n<li>Si el secreto se plasma en un producto innovador, \u00e9ste podr\u00e1 ser inspeccionado, disecado y analizado (lo que se llama \u00abingenier\u00eda inversa\u00bb) por terceros que podr\u00e1n descubrir el secreto y, por consiguiente, utilizarlo. De hecho, la protecci\u00f3n por secreto comercial de una invenci\u00f3n no confiere el derecho exclusivo de impedir a terceros utilizarla de manera comercial. \u00danicamente las patentes y los modelos de utilidad brindan este tipo de protecci\u00f3n.<\/li>\n<li>Una vez que el secreto se divulga, todo el mundo puede tener acceso al mismo y utilizarlo como le plazca.<\/li>\n<li>Un secreto comercial es m\u00e1s dif\u00edcil de hacer respetar que una patente. El nivel de protecci\u00f3n concedido a los secretos comerciales var\u00eda significativamente de pa\u00eds en pa\u00eds, pero por lo general se considera bajo, especialmente cuando se compara con la protecci\u00f3n brindada por una patente.<\/li>\n<li>Un secreto comercial puede ser patentado por cualquier otra persona que haya obtenido la informaci\u00f3n pertinente por medios leg\u00edtimos.<\/li>\n<\/ul>\n<p>De lo anterior se deriva que deben proveerse estrategias de protecci\u00f3n y fomentar la cultura sobre el valor de los activos intangibles como ventaja competitiva ante terceros. Entre las m\u00e1s empleadas se encuentran:<\/p>\n<ol>\n<li>1. El establecimiento de acuerdos de confidencialidad que incluye a todas las personas con acceso a la informaci\u00f3n que se desea proteger. Asegurarse de que \u00fanicamente un n\u00famero limitado de \u00e9stas conoce el secreto y que son conscientes de que se trata de informaci\u00f3n confidencial.<\/li>\n<li>2. Determinar si el secreto es patentable y, en caso afirmativo, si no estar\u00eda mejor protegido mediante una patente.<\/li>\n<li>3. Definir el valor econ\u00f3mico de los intangibles en cada proyecto independientemente de su registro o no y asignarle un componente de valor a\u00f1adido a la hora de conformar los precios de venta.<\/li>\n<li>4. Incluir cl\u00e1usulas de confidencialidad en los contratos firmados con terceros en los que participen directamente los involucrados con la informaci\u00f3n sensible. Debe procurarse una redacci\u00f3n y contenido adecuado de estas cl\u00e1usulas contractuales y deben contemplar, tanto la definici\u00f3n y detalle de la informaci\u00f3n confidencial de la empresa, como las condiciones aplicables a su acceso y gesti\u00f3n, as\u00ed como la penalizaci\u00f3n en que se incurrir\u00e1 si se incumplen las obligaciones adquiridas.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Como quiera que lo anterior no es una receta o camisa de fuerza para ninguna empresa, m\u00e1s vale precaver que lamentar y en materia de derechos, pesan m\u00e1s los que est\u00e1n registrados que los que se presumen \u00fanicos, as\u00ed que lo m\u00e1s recomendable es acudir a la Oficina de Propiedad Industrial en vez de asumir cuantiosas sumas de dinero para defender un secreto sobre el que no puede garantizarse protecci\u00f3n total.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>MSc. Mar\u00eda \u00c1ngeles Alp\u00edzar Terrero. Especialista Comercial del CNEA. 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